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En el transcurso de una audiencia desarrollada este martes en los tribunales, la fiscal Ileana Viviani anunció que, junto a la defensa del imputado, habían arribado a un acuerdo. Se trata de una medida cautelar de prisión preventiva, bajo la modalidad de arresto domiciliario con tobillera electrónica, por el plazo de 60 días, para quien habría perpetrado el hecho en la zona del Parque Urquiza. Al momento de expresar las razones, Viviani relató el estado de temor por el que atraviesa la joven víctima del hecho, dando detalles de cómo el agresor la había atacado de espaldas en el pasillo del edificio, cuando ésta se disponía a ingresar a su departamento, el jueves de la semana pasada.
Una familia “atemorizada” por posibles represalias
Por su parte, la defensa del imputado, a cargo de los abogados Jorge Balbuena y Jorge Sueldo, expresó que han arribado a este acuerdo porque compartían los argumentos brindados por la fiscalía.

Además, manifestaron que la familia de su defendido se encuentra "atemorizada", dado que -por la trascendencia pública del episodio- sus miembros tienen miedo a que se tomen acciones drásticas en venganza contra cualquiera de ellos.

La defensa del joven sostuvo que consentía la medida en consideración a lo manifestado por su familia, que claramente habría manifestado que una medida restrictiva de la libertad más leve, estimularía que se ejecutasen contra ellos cualquier tipo de acción dañosa.
Consideraciones de la resolución
Al momento de emitirla, haciendo lugar al pedido de prisión domiciliaria solicitado por las partes, el juez de Garantías, Mauricio Mayer, realizó algunas deferencias destinadas a poner claridad respecto de la aplicación de la medida en sus dos modalidades: domiciliaria y en establecimiento carcelario.

Mayer señaló que podía observarse que hay autores que hablan de que "asistimos a la denominada sociedad de riesgos, fundada en los avances tecnológicos y en la despersonalización de los contactos individuales, donde el desafío para lograr la paz social finca en la expectativa de los ciudadanos de que las normas cumplan con su cometido y que no caigan en letra muerta".

Asimismo, aseguró que “sobre estas normativas genuinas se monta un discurso de la seguridad, más interesado en provocar efectos mediáticos generadores de climas de indignación y enfrentamientos sociales, que en contribuir a la paz social”.

Contra esas tendencias, el magistrado señaló que “es menester reivindicar el Estado democrático de derecho, el que se corresponde con una concepción del derecho penal que no resulte una mera herramienta de control social y que sea respetuoso del principio de inocencia que asiste a cada persona que debe transitar un juicio penal, hasta tanto su culpabilidad sea sancionada por una sentencia”.

Mayer, valorando las condiciones necesarias para imponer la medida, dejó entrever que “cualquier prisión preventiva es una medida grave que no debe aplicarse automáticamente”.
Fuente: SIC Poder Judicial

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