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Dubra, en la inauguración del Juzgado
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El gobernador Rogelio Frigerio y el Ministro Manuel Troncoso emitieron un decreto, publicado esta semana en el Boletín Oficial, mediante el cual desestimaron un llamativo recurso de queja presentado por un conocido abogado, extitular del Registro Civil de Concordia.

El reclamante es Diego Dubra, quien luego de desempeñarse años atrás como funcionario del Registro en la capital del citrus, recaló en julio de 2020, en plena Pandemia, como juez de paz suplente en Estancia Grande.

Dubra no fue incluido en la terna propuesta desde el Concejo Deliberante de Estancia Grande para que el gobierno provincial designe al Juez de Paz titular, hecho que consideró injusto.

En un reclamo formal dirigido al gobierno provincial, argumentó haber “ejercido la suplencia con trabajo, esmero y dedicación, sin ninguna observación desfavorable” y consideró una “ilegalidad e irregularidad, en evidente desmedro de su legítimo interés y derecho” que lo excluyeran de la lista de candidatos para quedarse con la titularidad.

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Diego Dubra dirigió el Registro Civil de Concordia Agrandar imagen
Diego Dubra dirigió el Registro Civil de Concordia
Pero Frigerio y Troncoso no compartieron sus argumentos y decidieron rechazar de plano la pretensión. El decreto que desestima la queja cita “lo establecido por la Ley N° 10.027 en su artículo 95°, inciso g), el cual dispone “(Son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante) ... designar en sesión especial, las personas que han de formar las ternas que han de remitirse al Poder Ejecutivo Provincial para el nombramiento de Jueces de Paz de su Jurisdicción”.

Según indica el decreto 1197, no habría duda alguna de que “el Concejo Deliberante de la Municipalidad (de Estancia Grande) ha actuado dentro de sus facultades, por lo cual no se ha vulnerado ningún derecho” y “que el hecho que el reclamante se encuentre desempeñando funciones de Juez de Paz como suplente desde el año 2.020, no implica que se lo deba incluir necesariamente dentro de la terna, que se elevara a ese Poder Ejecutivo para cubrir el cargo vacante”.

Así las cosas, y siguiendo el razonamiento, el decreto concluye que “corresponde desestimar la presentación efectuada por el Dr. DUBRA”.
Fuente: El Entre Ríos

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