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Los tribunales de la Justicia entrerriana se han convertido en un verdadero campo de batalla jurídico entre usuarios del servicio eléctrico que resisten al aumento en la tarifa, los abogados que los representan y la empresa que provee el servicio, la Cooperativa Eléctrica de Concordia.

Aunque la empresa distribuidora emitió este miércoles un comunicado en el que daba a entender que los amparos de usuarios no estaban prosperando y hasta llegó a culpar a un abogado por impulsar un "negocio jurídico", la realidad parece indicar otra cosa. Esta semana trascendió una segunda sentencia que le exige a la empresa retrotraer lo facturado a un grupo de usuarios a los precios vigentes antes del último incremento. Tal como había ocurrido en una anterior ocasión, una vez más fue el Juez Héctor R. Galimberti, de reconocida trayectoria en el foro concordiense, quien dictó sentencia contraria a los intereses de la Cooperativa Eléctrica, en los autos caratulados "MARRONE, DOMINGO ALBERTO Y OTROS C/ COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LTDA. S/ ACCIÓN DE AMPARO" (Expte. 2715).

En su parte resolutiva, el fallo de Galimberti no deja margen a dudas, dándole la razón a los representados del Doctor Claudio Palmerola. En efecto, el juez dispone "condenar a la demandada a que, dentro del plazo de CINCO DÍAS, refacture y/o emita nuevas facturas sobre el consumo residencial de energía eléctrica correspondientes a los actores a valores vigentes en el cuadro tarifario anterior y, en caso de que los usuarios mencionados hubiesen abonado el precio del servicio con arreglo a un cuadro tarifario nuevo no informado, se imputen las diferencias resultantes a vencimientos inmediatos posteriores".

En su fundamentación, al igual que en la sentencia que favoreció a los usuarios Calgaro y Muller, el magistrado insiste con la defensa a ultranza del derecho de los consumidores a ser informados de manera fehaciente sobre los cambios en las tarifas. Y no de cualquier manera: "Por escrito es la modalidad que debe asumir la información debida al consumidor por el proveedor", sostiene Galimberti, citando ni más ni menos que un libro del presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Dr. Ricardo Lorenzetti. Más adelante, abunda en mayores precisiones sobre la calidad de la información que los prestatarios de servicios deben aportar a sus consumidores. Afirma que la información debe ser "adecuada y veraz", "precisa", "eficaz" y "particularizada, "tempestiva" (es decir, a tiempo, para que el consumidor pueda hacer valer sus derechos y evitar perjuicios a su integridad económica), "ajustada al contenido de lo que se debe comunicar" (y no lo que seleccione el proveedor), a fin de darle a la parte vulnerable de la relación (el consumidor) la oportunidad de adaptar su hábito de consumo a lo que, en tiempo propio y no después de “vendido” el producto, le hace saber quien lo provee de la cosa que enajena.

Galimberti agrega: "aprecio que la demandada no ha dado cumplimiento a requisitos previos sustanciales sine qua non, que vuelven exigible legalmente a los usuarios actores el aumento tarifario que en el presente se debate, como bien lo reprochan los amparistas. En efecto, no hubo por parte de la Cooperativa Eléctrica una información previa a los accionantes consumidores, de las características que exige la ley". En las conclusiones, el magistrado endilga a la Cooperativa Eléctrica haber incurrido en un "vicio de información" y explica que "publicidad e información, a los efectos legales, son supuestos fácticos disímiles y, de ahí, que reciban distinto y específico tratamiento legal".

La sentencia judicial implica un nuevo revés para la distribuidora de energía de Concordia, que no pudo hacer valer su principal argumento defensivo, que no es "formadora de precios", puesto que en los amparos admitidos por el juez Galimberti no se le reprocha el tarifazo en sí mismo sino el haber incumplido con su obligación de informar en tiempo y forma.

La resolución del magistrado en favor de los usuarios no está aún firme, puesto que la Cooperativa Eléctrica presentó una apelación que aún está en trámite.
Fuente: El Entre Ríos

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