La medida fue dispuesta este lunes por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, durante reunión de Acuerdo, visto el decreto N° 486 del Poder Ejecutivo entrerriano.
Los magistrados reunidos entendieron que si bien el STJ no tiene atribuciones para establecer un descuento en los términos dispuestos por el Poder Ejecutivo en el ámbito de su competencia, a lo que se agrega la intangibilidad constitucional de las remuneraciones de los jueces, la situación de emergencia sanitaria con motivo de la pandemia denominada COVID-19, y su impacto económico y social, hace necesario efectuar un aporte solidario
Según informaron desde el STJ, la creación de un fondo solidario como contribución del Poder Judicial para afrontar la emergencia sanitaria con motivo del COVID-19, en consonancia con el decreto 486 del M.E.H.F. del 27 de marzo pasado, estará integrado por el aporte individual de quienes no manifiesten su voluntad en contrario, de acuerdo al mecanismo establecido. El aporte voluntario será del 50 % del monto correspondiente a la asignación de la categoría de quienes se encuentran incluidos, será dispuesto por única vez, y descontado de la remuneración de abril.
Además, establecieron que el fondo solidario será administrado por la Contaduría General del Poder Judicial y aplicado a las necesidades que en forma coordinada con el Comité de Organización de Emergencia de Salud de crisis se establezcan.
El STJ fijó un mecanismo según el cual será descontado de la remuneración correspondiente al mes de abril, salvo que expresamente, el magistrado, funcionario o empleado con remuneraciones equivalentes a las categorías comprendidas no esté de acuerdo con el descuento y lo manifiesta, mediante una comunicación, a la Contaduría General, para lo que tendrá tiempo hasta el 7 de abril de 2020 a las 13, como máximo.
También, luego de dar a conocer la disposición, invitan a los jubilados de las categorías incluidas a adherirse al aporte. Además comunicaron que solicitaron a la Asociación Judicial de Entre Ríos y a la Seccional 12 de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación, gestionar un aporte de sus asociados, en los términos propuestos.
Prórroga del receso extraordinario
En la reunión de este lunes, el STJ estableció una prórroga del Receso Judicial Extraordinario hasta el 12 de abril en consonancia con lo resuelto por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la pandemia mundial.Por tal motivo se extiende el plan de contingencias que tendrá el tratamiento de un feriado judicial extraordinario por razones sanitarias, por el que únicamente estará en actividad todo el personal disponible a las necesidades del servicio y a la eventualidad de su convocatoria. Se entiende como necesidades del servicio todos aquellos servicios esenciales dispuestos por el Superior Tribunal de Justicia y los Ministerios Públicos para el sistema judicial.
También se prorrogan los plazos procesales y administrativos con prestación mínima de servicio, excepto las actuaciones judiciales que, de no practicarse pueda causar perjuicios irreparables, previa habilitación del feriado extraordinario; medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables como las medidas de protección de personas; los servicios de guardia; las actuaciones con detenidos o presos, órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y niños, niñas y adolescentes.