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La Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político de la Cámara de Diputados rechazó in limine el segundo de los pedidos de juicio político presentados contra la vocal de la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Gisela Nerea Schumacher. Se trata de la presentación hecha por la ONG Entre Ríos sin Corrupción que le endilgó a la magistrada supuesto mal desempeño. A mediados de noviembre, la comisión desestimó la denuncia del intendente de Santa Elena, Domingo Daniel Rossi. La asociación civil había pedido el juicio político a raíz del “cambio de criterio” en la causa conocida como “Megajuicio”, en la que fue condenado el exgobernador Sergio Urribarri, el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez; y el empleado del Senado y cuñado del exmandatario, Juan Pablo Aguilera, entre otros. Para los denunciantes, Schumacher incurrió en mal desempeño por su cambio de criterio: el 17 de abril la vocal del STJ rechazó el recurso extraordinario provincial en la causa y, más tarde, el 22 de octubre octubre, concedió el recurso extraordinario federal para que los imputados acudan la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones de la Cámara de Baja está presidida por la diputada Gabriela Lena (Juntos), y la integran además Sergio Castrillón (PJ), Enrique Cresto (PJ), Roque Orlando Fleitas (La Libertad Avanza), Silvio Gallay (Juntos), Marcelo López (Juntos), Susana Pérez (Juntos), María Elena Romero (Juntos), Liliana Salinas (Partido Conservador), Bruno Sarubi (Juntos), Yari Seyler (PJ), Laura Stratta (PJ), Carolina Streitenberger (Juntos), Vilma Vazquez (Juntos) y Andrea Zoff (Juntos).

Cabe recordar que, en las últimas semanas, la vocal denunciada recibió el respaldo de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial; y de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Argumentos que sostienen el rechazo
En la resolución de la Comisión de Juicio Político de Diputados, en la que los legisladores que la integran dieron los argumentos del rechazo in limine del juicio político, se indicó: “Destacamos nuevamente que el escrito contiene un análisis jurídico detallado y pormenorizado del recurso y lo resuelto por la Señora Vocal, donde se enuncia la normativa nacional, la provincial, se cita jurisprudencia, se citan dictámenes y hasta se transcriben párrafos textuales del voto de la Señora Vocal incluido los números de las páginas. También en el punto III, se hace una ‘Valoración Jurídica’ y luego se ofrece prueba documental del recurso y de la sentencia”.

Consideraron en este sentido que “analizada la denuncia por ésta comisión, manifestamos que en cuanto al hecho imputado corresponde rechazar in limine la presentación de Entre Ríos Sin Corrupción Asociación Civil, sin correrle traslado a la denunciada, tomando como fundamento el Dictamen de fecha 19/11/2024 del expediente administrativo Nº 3080 H.C.D caratulado ‘Dra. Gisela Nerea Schumacher s/ Juicio político por mal desempeño en sus funciones’; que en aras de la brevedad, damos por reproducidos en su totalidad”.

Remarcan además que “los argumentos de denuncias que sólo suscitan el examen subjetivo del denunciante en cuanto a la aplicación, análisis e interpretación del derecho y sus normas, en un fallo colegiado, no caben como una demostración de un evidente mal desempeño de funciones y/o mala conducta, pues es propio de su función en el ejercicio de la judicatura, que es el rol que desempeña dentro de la organización institucional del estado entrerriano”.

En esa línea, subrayan que a la Cámara Baja le corresponde ser el contralor de “actos manifiestamente contrarios al decoro, a las buenas conductas y/o a la fragante violación de ley sustantiva pero no ‘analizar, interpretar y juzgar las decisiones jurisdiccionales’ tomadas por el denunciando en ejercicio de su facultades constitucionales, legales y discrecionales, pues todo lo que se refiere a eso, quedan fuera de su ámbito éste ámbito”.

“En conclusión; resulta insuficiente la denuncia, que se estructura sobre la base de argumentos que sólo evidencian la pretensión de disputarle al juzgador la facultad privativa que tiene de seleccionar, jerarquizar, decidir y meritar los elementos adquiridos durante la sustanciación del trámite que dan cuenta de la posibilidad de acceder a otra instancia judicial”, completan, según registró ANÁLISIS.

En consecuencia, la Comisión concluye que “se alcanza el grado de convicción necesario para rechazar in limine, la denuncia incoada contra la Dra Schumacher por no existir mérito para la acusación, de conformidad con el artículo 143 de la Constitución Provincial”.
Fuente: Análisis

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