¿Qué competencia tendrá a cargo la causa?
Fouces es uno de los defensores que planteó que la causa Contratos debía tramitar en la Justicia Federal, pero esa petición chocó con la determinación de la jueza del caso, Marina Barbagelata, que defendió la jursidicción provincial y rechazó la inhibicón que dispuso el juez federal de Paraná Daniel Edgardo Alonso.El lunes 26 de julio de 2022 se conoció la decisión de la jueza Barbagelata, que rechazó la inhibitoria planteada para seguir tramitando la causa penal de los contratos, y de ese modo rechazó la petición del juez Federal de Paraná Daniel Edgardo Alonso de girar las actuaciones a la Justicia Federal, decisión que había adoptado el magistrado a partir de la petición formulada por los defensores.
En su extensa resolución, la magistrada sostuvo que «al analizar los hechos que constituyen la acusación, los fundamentos del requerimiento de remisión a juicio, los medios de prueba que se proponen para el juicio, y las disposiciones legales que se consideran aplicables, su correlación con los hechos y con la intervención que atribuye a los imputados, concluyo sin lugar a dudas, que por la materia y las personas, la investigación o, mejor, el juzgamiento de los hechos de la causa Beckman, son de competencia ordinaria». La causa contratos está caratulada «Beckman Flavia Marcela s/ Defraudación a la Administración Pública. Asociación Ilícita».
«En efecto -agrega Barbagelata-, los hechos que la Fiscalía investigara, y por los que hoy ha requerido la remisión de la causa a juicio contra los imputados, encuadran en delitos de naturaleza ordinaria (asociación ilícita (…) en concurso real con peculado reiterado (…) e incumplimiento de los deberes de funcionario público (…). Estos delitos, según la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, fueron ejecutados en perjuicio del patrimonio de la Legislatura de la provincia de Entre Ríos, a través de la realización de contrataciones de obra en nombre de ambas Cámaras, con personas que percibían una ínfima parte de los honorarios pactados, por las que no realizaban ninguna prestación a favor del Estado, quedando el resto del dinero en poder de la organización».
Conocida la decisión de Barbagelata, el juez Alonso firmó el viernes 30 de julio de 2022 una resolución en la que señala: «Habiendo la Señora la Jueza de Garantías N° 1 de Paraná denegado la inhibición requerida, manteniendo de esta forma la procedencia del fuero ordinario y la competencia de la Justicia de la Provincia de Entre Ríos para seguir entendiendo en la causa caratulada Beckman Flavia Marcela s/ Defraudación a la Administración Pública. Asociación Ilícita –Legajo de O.G.A. N° 10.668 (Legajo de Fiscalía N° ° 87.993) y, no reconociendo esta Magistratura tal competencia y jurisdicción, corresponde hacer saber a la misma que se mantiene la competencia del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Paraná –con competencia electoral- y que, en consecuencia, se elevarán las actuaciones a la Excma Corte Suprema de Justicia de la Nación –superior común-, invitando a la Señora la Jueza de Garantías N° 1 de Paraná a remitir las propias al citado superior común, al haber quedado trabado el conflicto positivo de competencia».
En el entredicho, debió intervenir la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que debe resolver la cuestión de competencia pero sobre lo cual todavía no se ha expedido.
Pedido para que se levanten embargos
Embretada la investigación y frenado los procesos, el defensor Fouces pidió que se levanten los embargos y la inhibitoria general de bienes sobre sus defendidos, medidas dispuestas en 2019, un año después de la apertura de la causa, en 2018. El abogado indicó en su presentación ante la jueza Barbagelata que sus defendidos se han convertido en «muertos civiles» por cuanto tienen vedado el manejo de su patrimonio. «Esta situación de por sí injusta y desproporcionada por parte de la Justicia, se torna mucho más grave en el caso del contador Falco, si se tiene en cuenta la situación particular del mismo dentro del proceso».En efecto, el 31 de mayo de 2021, cuando los fiscales de la causa Contratos Truchos, Ignacio Aramberry y Patricia Yedro, firmaron el pedido de remisión a juicio, pidieron el sobreseimiento de Falco -que integraba el estudio contable Integral Asesoría junto a Pedro Opromolla, Guido Krapp, Renato Mansilla y Nicolás Beber, desde donde se sospecha se manejaba la contabilidad de los contratos laborales apócrifos- en estos términos: «En el inicio de la investigación, esta Fiscalía entendió que existía mérito suficiente para formular la imputación en su contra, por lo cual oportunamente se le recibió declaración de imputado. Para ello se valoró que el nombrado formaba parte del estudio contable Integral Asesoría, la mención de su nombre en diversos documentos secuestrados (…), y que la información de su dispositivo móvil (secuestrado en el marco de la investigación) había sido borrada posteriormente al inicio de la presente. Así, si bien se ha acreditado que el mencionado formaba parte del estudio contable Integral Asesoría, junto con los contadores imputados Opromolla y Krapp (así como Beber y Mansilla), lo cierto es que a diferencia de todos ellos, no se ha podido demostrar que realizara aportes objetivos concretos en las maniobras de Peculado investigadas».
En su petición de levantamiento de embargos y de la inhibición general de bienes respecto de Cardoso, Fouces señala: «No debemos dejar de considerar la naturaleza jurídica del instituto ´medidas cautelares´, donde se encuentran enmarcadas las inhibiciones. Claramente son medidas ´preventivas´ y por lo tanto ´temporales´. No pueden adquirir el carácter de ´atemporales´ o de ´plazo indeterminado´. También hace a su naturaleza jurídica el carácter de ´excepcional´. Así lo sostiene la doctrina». Igual planteo formló para la esposa de Cardoso, Sandra Fabiana Marozzini.
El planteo será analizado en audiencia que citó la jueza Barbagelata para el próximo martes 18, a las 8,30, en Tribunales.