Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
La Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche llevará su caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en procura de anular la decisión del Jurado de Enjuiciamiento que el 30 de noviembre pasado, en votación dividida, le abrió un proceso de jury, la suspendió en su función y apartó a todo el Ministerio Público Fiscal de su rol acusador en esa instancia.

Fue a partir de sendas denuncias contra Goyeneche presentadas por supuesto mal desempeño en la tramitación de la causa de los contratos truchos en la Legislatura formulados por los abogados Carlos Reggiardo, primero, y Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, después.

Goyeneche afirmó que irá con un recurso extraordinario federal para llevar su caso a resolución de la Corte, publicó Entre Ríos Ahora. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, hizo lugar este martes a la apelación que había presentado la Fiscalía de Estado contra el fallo que dictó el 25 de enero la jueza Elena Beatriz Albornoz, que había hecho lugar parcialmente al amparo de Goyeneche. La magistrada entendió que apartar al Ministerio Público Fiscal de su función de órgano acusador en el proceso de jury supone afectar “de manera nítida y grave el derecho al debido proceso de la amparista, al establecer órganos encargados para su juzgamiento que no sean los designados legalmente y constitucionalmente previsto, no subsanar este vicio originaria la invalidez de las decisiones que se adopten”.

La Fiscalía de Estado rechazó ese fallo por cuanto el amparo de Goyeneche fue dirigido contra el Gobierno. Y la apelación llegó para su resolución ante el STJ.

En el marco del amparo, la Fiscalía de Estado había peticionado a la jueza que “dicte sentencia declarando inadmisible la acción; o a todo evento rechazando in totum la pretensión de la amparista”.

El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, había encontrado ajustado a Derecho todo lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento: la suspensión de Goyeneche y la intervención de fiscales ad hoc para ejercer la acusación. Además, había planteado que no correspondía un amparo contra el gobernador Gustavo Bordet por cuanto el Jurado de Enjuiciamiento es un órgano autónomo del Poder Ejecutivo.

Este martes, el STJ hizo lugar a la apelación de la Fiscalía de Estado y rechazó en todos sus términos el amparo presentado por la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción con el argumento de que se volvió “inadmisible” por cuanto existe un planteo paralelo sobre el mismo tema, en alusión al reclamo que formuló el Procurador General Jorge Amílcar García y que todavía espera tratamiento en el alto cuerpo. En función de esa situación, declaró “inadmisible” el amparo.

El vocal Germán Carlomagno comandó el voto del fallo que fijó postura del STJ y reprochó a la jueza Albornoz haber incurrido “en un déficit al abordar directamente la procedencia de la acción incoada, sin revisar estrictamente los requisitos de admisibilidad del amparo previstos por el art. 3 de la Ley 8369”. Y advirtió que el amparo debe declararse inadmisible cuando existe otro planteo judicial sobre el mismo tema, y en este caso, se tramita un recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento por parte del Procurador General Jorge García.

“Frente a la existencia de un proceso judicial en trámite sobre el mismo hecho y pendiente de resolución, claramente se configura la causal de inadmisibilidad”, dice el magistrado, que resalta que el planteo se hizo no en forma personal por el Procurador sino en representación de todo el Ministerio Público Fiscal, incluida Goyeneche.

“En consecuencia –dictaminó–, estando pendiente de resolución un procedimiento ante este Superior Tribunal de Justicia en pleno –arts. 204 y 205 de la Constitución Provincial–, en el cual el titular del Ministerio Público Fiscal (en su rol de representante del organismo que comprende a la amparista) ha reconocido como eficaz y suficiente para la revisión de la decisión del Jurado de Enjuiciamiento enjuiciada, deberá ser ese el camino a continuar, pues como reiteradamente tiene dicho este Alto Cuerpo, admitir lo contrario, importaría desnaturalizar este remedio de excepción, extraordinario y residual, devaluándolo en su importancia y con desconocimiento de su ratio iuris”.

Al voto de Carlomagno se adhirieron Giorgio y Smaldone.
Fuente: Entre Ríos Ahora

Enviá tu comentario