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Luego de que la defensa del exgobernador Sergio Urribarri pidiera que el pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ) revisara el rechazo a las recusaciones de dos miembros del alto cuerpo, el vocal Germán Carlomagno recondujo el planteo y ahora tramita como lo que se denomina recurso de reposición.

En dicho recurso, el tribunal se limitará a resolver si el rechazo in limine es correcto. O, en su defecto, mandará a sustanciar las excusaciones.

El órgano quedó conformado por el propio Carlomagno y los vocales Susana Medina y Carlos Tepsich. Hasta entonces, queda reservado el tratamiento del recurso de queja presentado por el exmandatario para que se revise su condena. Después de que se conociera este jueves el rechazo in límine a las recusaciones de Giorgio y Schumacher impulsadas por la defensa del exmandatario -ejercida por Leopoldo Cappa, en patrocinio de Fernando Burlando- hubo un nuevo planteo.

Este viernes, Cappa presentó en Tribunales un pedido para que ese rechazo fuera revisado por el pleno del STJ. Le contestó Carlomagno, quien marcó un error en el planteo defensivo, explicó que no hay ningún trámite que contemple la revisión por parte del pleno del cuerpo de una decisión de esta naturaleza y recondujo la presentación para que tenga el efecto de lo que se denomina recurso de reposición.

“La revisión de resoluciones como la atacada no se encuentra contemplada ni hay recurso alguno que permita que una resolución de la sala o de su presidencia sea sometido al posterior contralor del alto cuerpo en su composición plena”, explicó Carlomagno en la resolución a la que accedió ANÁLISIS.

“Tal tipo de resoluciones son pasibles de ser atacadas por la parte disconforme empleando la vía del recurso de reposición en la búsqueda de que el mismo órgano que las emitió las modifique o revoque”, esclareció el magistrado.

Carlomagno señaló un “palmario error de calificación técnica” por parte de la defensa, pero advirtió que “no puede erigirse en un obstáculo para el íntegro acceso a la justicia”, ante lo cual dispuso “reconducir el erróneo planteo del recurso de revisión dándole el carácter de recurso de reposición” contemplado en el artículo 499 del Código Procesal Penal.

“El recurso de reposición procederá contra las resoluciones dictadas sin sustanciación, con el fin de que el mismo órgano que las dictó las revoque o modifique por contrario imperio”, establece el código.

De esta manera, Carlomagno admitió que el rechazo in límine a las recusaciones, que lleva su firma en carácter de presidente de la Sala Penal del alto cuerpo, sea revisado por ese mismo tribunal.

Carlomagno incluyó en su resolución la “desinsaculación de las vocalías con la cuales correspondería integrar este tribunal en reemplazo del señor vocal Miguel Giorgio y la señora vocal Gisela Schumacher, a fin de resolver el recurso planteado”.

La composición de la Sala Penal para este trámite se integró con Carlomagno, Susana Medina y Carlos Tepsich. Carlomagno informó la nueva composición “a los fines de resolver el recurso planteado por la defensa de Sergio Daniel Urribarri contra la resolución del firmante, debiéndose hasta entonces reservar el tratamiento de la queja en trámite”, según señala el texto.

De esta manera, hasta que se resuelvan las recusaciones, queda pendiente la resolución del recurso de queja mediante el cual el exgobernador busca que la Sala Penal revise la pena a ocho años por delitos contra la administración pública que se le impuso.
Fuente: Análisis Digital

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