Cómo colaborar
A partir de este lunes, unas 15 urnas se encuentran dispuestas en diferentes comercios de Villa Elisa, donde se puede contribuir con el pago que las denunciantes deben afrontar. “Agradecemos a todas las personas que quieran aportar su ayuda para recaudar el dinero necesario para hacer frente al pago de los honorarios que debemos a uno de los abogados de la administradora del hospital”, dicen Marano Roude y Giovenale.1) Farmacia Satto - Avenida Urquiza 1614.
2) Farmacia Cáceres - Alvarado 1339 (esquina Urquiza).
3) Mistral - Avenida Mitre y Cepeda.
4) Fulanna - Avenida Mitre 1589.
5) Rapay - Héctor de Elía 1998 (esquina Alvear).
6) Verdulería Mario - Avenida Mitre y Doctor Gutiérrez (ex ESSO).
7) Lazarella - Frente al BERSA.
8) Rosendo - Boulevard Francou 1999-1901.
9) Castañña - Avenida Urquiza 1719.
10) Pescadería El Surubí - Avenida Urquiza 1701.
11) Carnicería Don Luis - Avenida Libertad 1197.
12) Dulcinea Calzados - Emilio Francou 1348 (frente a Plaza San Martín).
13) Calzados Zulema - Avenida Urquiza 1702.
14) Panadería Francesca - en sus dos sucursales: frente a Plaza Moreno y en Boulevard Schroeder.
15) Despensa Tío Nito - Castelli 871.
El conteo del dinero recaudado está previsto para el próximo lunes 9 de mayo, ante el escribano público Ariel Caire, en su estudio de calle Héctor de Elía 1519 de Villa Elisa. Una vez transferidos los fondos, informaron que darán a conocer el comprobante de pago.
El descargo de las denunciantes
A continuación, El Entre Ríos reproduce textualmente un comunicado emitido en las últimas horas por Clarisa Marano Roude y Sandra Giovenale, buscando echar luz sobre una serie de interrogantes planteados frente al revés judicial que sufrieron.Queremos informar que la Fiscalía de Colón SIGUE INVESTIGANDO los hechos que se denunciaron respecto del Hospital San Roque.
La Administradora Claudia Lugrín fue imputada el pasado miércoles 27 de abril, de 58 hechos (delitos), y según informó Fiscalía, se evalúa ampliar los períodos a investigar (investigarán años anteriores).
Los honorarios adeudados por las tres denunciantes, es por nuestra pretensión de ser querellantes en la causa.
Pero esto NO significa que la causa se haya terminado. ¡La causa viene avanzando!
No entendemos, ¿Por qué tienen que pagar ustedes?
Tenemos que pagar nosotras -las denunciantes- porque solicitamos al Juez ser “querellantes colectivas” en la causa, y ésta solicitud nos fue DENEGADA.
¿De dónde surge ese monto tan alto de honorarios?
De dos resoluciones judiciales:
1) Una regulación, de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, en donde el Juez Rubén Chaia reguló $36.250 (treinta y seis mil doscientos cincuenta pesos) a uno de los abogados de la administradora, que participó en una audiencia.
2) La otra regulación es de la Cámara de Casación Penal de Concordia, en donde los tres jueces -Giorgio, Perroud y Bruzzo- regularon $39.150 (treinta y nueve mil ciento cincuenta pesos) al abogado de Lugrín, Lugrín y Mena.
¿Cuántas audiencias se llevaron a cabo?
En Concepción del Uruguay, se realizó una sola audiencia, y sólo por ella, regularon $36.250.-
En Concordia, el proceso se hizo por escrito. Allí el abogado presentó “un solo escrito”, y le regularon $39.150 en concepto de honorarios.
¿Por qué te contamos esto?
Porque creemos que este es un claro mensaje del Poder Judicial de Entre Ríos, para que nadie se anime a denunciar causas de corrupción, y mucho menos, a comprometerse con ellas, a seguirlas, y pedir Justicia.
Entendemos que con éste mensaje de regulación de honorarios ABSOLUTAMENTE ALTOS, por una (1) audiencia y la presentación de un escrito, pretenden “adoctrinarnos”, no sólo a quienes hemos denunciado, sino “aleccionar” a quien se anime a denunciar en el futuro.
¿Pedir ser querellantes colectivas está previsto en la ley?
Sí, está previsto en el art. 78 del Código Procesal Penal de la Provincia de Entre Ríos.
¿Los jueces podrían haber resuelto de otra forma? Claro que sí.
Podrían haber optado por no cargarnos con el pago de los honorarios, ya que “había razones para litigar”.
Por esto hablamos de “adoctrinamiento”. Porque el Código Procesal Penal de la Provincia autoriza a los jueces a “eximir el pago de las costas” siempre que haya razones para litigar y, sin embargo, no lo hicieron (Art. 585 CPP).
¿Había razones para litigar? Es decir, ¿había razones valederas para pedir ser querellantes colectivas?
Claro que sí. Y aquí es importante que recuerdes esto:
. A raíz de la denuncia, se cambió a la Directora del Hospital
. A raíz de la denuncia, se apartó a la Administradora del Hospital
. A raíz de la denuncia, se nombró a una Comisión Normalizadora en la Administración del Hospital
. A raíz de la denuncia, el Ministerio de Salud de la Provincia hizo una nueva denuncia por malversación de fondos
. A raíz de la denuncia, se logró que la Fiscalía le impute a Claudia Lorena Lugrín, 58 hechos
Y… ¿Había razones para querer ser querellantes colectivas?
Claro que sí. Nuestras razones se fundaron en dos motivos:
1) Un año antes de la denuncia, la Cooperadora del Hospital había denunciado presuntas irregularidades en la Administración del Hospital, incluso pidiendo la renuncia de su directora, y pese al reconocimiento por parte de entonces Directora del Htal. de las sospechas en el manejo de la “Administración”, sumado al estado público que tomó ésta noticia, la Fiscalía no inició ninguna investigación de oficio.
2) La Fiscalía tardó varios días en darle inicio a ésta causa una vez realizada la denuncia, perdiéndose prueba fundamental para la misma.
Por ello, pretendimos ser querellantes colectivas, para poder participar en ésta causa que entendemos que tiene un interés colectivo y general de toda la sociedad elisense, en hechos que afectan al único efector público de la ciudad.