El caso
A través de un juicio abreviado, se comprometió a cumplir tres años de prisión de cumplimiento condicional. Además de la pena principal, se le impusieron una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante el término de tres años. Pero lo más importante es que pactó devolver el dinero en pesos y dólares que percibió de las víctimas a las que engañó con falsas ventas de vehículos y productos supuestamente liberados legalmente de aduanas argentinas.Según conoció AHORA, Capovilla de 35 años decía que trabajaba en la Aduana misionera. Antes de convertirse en estafador tenía como meta ser famoso. Quería entrar al reality Gran Hermano. Estuvo cerca en 2015 cuando tenía 26 años. Quedó seleccionado como suplente. Esa participación en la previa del programa le dio la posibilidad de trascender mediáticamente en la provincia. Pero el sueño de ser famoso quedó trunco, porque no logró ingresar a la casa más famosa del país. En Chajarí con el tiempo pasó de ser un “muchacho común” como se definía a darse una vida llena de lujos. Sin embargo, una denuncia realizada por una mujer el 27 de marzo pasado le puso fin a los lujos y los excesos. Como caen las fichas del dominó, fueron cayendo las denuncias en la comisaría local.
Al otro día de la primera denuncia, Capovilla fue detenido cerca de las 20 en un exclusivo barrio cerrado “North Ville” ubicado junto a la autovía José Gervasio Artigas. Lo trasladaron a la Comisaría N° 1 de Chajarí y, luego de unas horas, por un acuerdo de morigeración entre las partes, recibió la prisión domiciliaria y, finalmente, tras firmar un abreviado, recuperó la libertad.
Durante la investigación, se realizaron allanamientos en la residencia de Capovilla, donde se encontraron sellos falsos de Aduana y AFIP, una camioneta 4×4, un automóvil y una motocicleta de alta gama, además de otros elementos de interés para la causa.
Capovilla fue declarado autor penalmente responsable de 24 hechos de estafas reiteradas en concurso real, según lo establecido en los artículos 172 y 55 del Código Penal. La sentencia, que lo imputa como autor bajo el artículo 45 del mismo código, fue dictada sin considerar antecedentes penales computables previos.
Entre las reglas de conducta que le impuso la justicia está fijar domicilio y comunicar cualquier cambio del mismo de manera inmediata. Comparecer cada seis meses ante el órgano de control, el Juzgado de Paz de la ciudad. Prohibición de contacto, directo o indirecto, con las víctimas. Abonar la reparación económica acordada en los términos previamente establecidos. Someterse al control semestral del órgano de control.
La sentencia también dispuso la comunicación de su resolución a la Jefatura Departamental de Policía, al Registro Nacional de Reincidencia y al Registro de Juicios por Causas de Violencia. Asimismo, se impusieron las costas del proceso al condenado, quien deberá depositar el importe correspondiente a la tasa de justicia dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 10.056.
Finalmente, se ordenó oficiar al Banco BERSA para que proceda a abrir una cuenta en pesos y dólares a nombre de la presente causa, con el fin de cumplir con lo dispuesto en la sentencia.